El exmilitar Gustavo Ramón De Marchi, condenado a prisión perpetua en dos causas, fue visto en la fiesta por las bodas de oro de su ex camarada Jorge Olivera. Estaba en libertad producto del apartamiento del proceso que había dispuesto el Tribunal Oral por supuestos problemas de salud.
El Tribunal Oral Federal de San Juan, con la intervención unipersonal del juez subrogante Raúl Alberto Fourcade, dispuso ayer la detención provisoria del condenado exmilitar Gustavo Ramón De Marchi en prisión domiciliaria, luego de que el fiscal general Francisco Maldonado requiriera que se efectivizara una resolución de la Cámara Federal de Casación que había anulado el apartamiento del proceso dispuesto tiempo atrás por el Tribunal Oral a raíz de supuestos problemas de salud acreditados en un incidente.
El desencadenante de la solicitud del fiscal fue la publicación de una foto por parte de un medio local del condenado De Marchi participando junto a su esposa de la fiesta de 50 años de casado que hizo su excamarada del Ejército, también condenado a prisión perpetua, Jorge Olivera. La celebración se llevó a cabo en el mismo lugar donde este último cumple prisión domiciliaria, por lo que actualmente también se investiga si Olivera violó las condiciones en que debe pasar su presidio.
Cuando esa fiesta se produjo el 3 de febrero pasado, el TOF de San Juan estaba en condiciones de dictar una resolución que la Cámara Federal de Casación le había ordenado el 6 de julio de 2023. En efecto, el máximo tribunal penal había anulado la decisión de apartar a De Marchi del proceso, por entender que aquella decisión no correspondía con relación a una persona que ya se encontraba ejecutando su pena, por estar firmes las condenas que se le habían impuesto.
Sin embargo, la detención «provisoria» del condenado en prisión domiciliaria resuelta por el juez Fourcade es una medida temporaria, que se ejecutará mientras analiza los pedidos contrapuestos del fiscal -que pidió la ejecución de la condena- y de la defensa de De Marchi, que requirió que el tribunal oral disponga la suspensión de la pena en razón de problemas de salud.
La opinión de la defensa sobre este aspecto fue introducida a partir del traslado que dio el tribunal al pedido del fiscal para que se produzca la detención de De Marchi. Maldonado cuestionó ese traslado, por considerar que no era un punto por el que la defensa debiera dictaminar, y en ese sentido repuso la decisión del tribunal. En la resolución que decide la detención provisoria de De Marchi, el juez Fourcade rechazó ese recurso de reposición.
El juez fundó la detención provisoria en prisión domiciliaria en los últimos peritajes médicos realizados a Demarchi, que datan del 21 de septiembre de 2022.
En este contexto, el magistrado le fijó al condenado una serie de condiciones:
- Residir en el domicilio fijado en el expediente.
- No trasponer los límites catastrales ni la línea de edificación de ese domicilio.
- Realizar trámites personales a través de un apoderado.
- Abstenerse de desarrollar actividades lucrativas o profesiones dentro del domicilio.
- Control del domicilio mediante rondines policiales y contactos telefónicos y permiso de acceso de los efectivos al lugar cada vez que lo estimen pertinente.
- Solicitar autorización previa al tribunal para efectuar cualquier salida.
- Designación de una tutora