Serán juzgados por incumplimiento de deberes de funcionario público, y al empresario como partícipe necesario del primero de esos delitos, en el marco de la contratación de servicios en materia de audio, video y pantallas leed destinados a encuentros realizados en distintos centros de jubilados.
El daño causado se estima en un monto superior a los 3 millones de pesos.
El juez de Revisión de Salta, Santiago French, dictó auto de elevación a juicio a los empleados de la Unidad de Gestión Local XII del PAMI, Claudio Marcelo Palacios y Ricardo Gabriel Coronel, y al empresario Sebastián Gonzalo Villagrán Di Pietro, por los delitos de negociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal con incumplimiento de deberes de funcionario público.
Los dos primeros fueron acusados en calidad de coautores, mientras que el tercero, propietario de una empresa de servicios de logística digital, deberá responder como partícipe necesario.
La remisión a juicio fue solicitada por el fiscal federal Ricardo Toranzos, titular del Área de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Salta, quien inició la investigación del caso el 25 de octubre del 2021 a partir de una denuncia anónima que daba cuenta de posibles irregularidades en materia de contrataciones y licitaciones que se llevaban adelante en la Unidad de Gestión Local XII, dependiente del PAMI.
En particular, apuntó contra dos expedientes de contratación de servicios que presentarían falencias respecto al cumplimiento de requisitos y otros trámites. Fueron sindicados como responsables Palacios y Coronel, mientras que Villagrán Di Pietro aparecía favorecido en las maniobras.
En función de las pruebas reunidas a lo largo de la investigación, el fiscal afirmó que los dos funcionarios públicos no sólo obraron de “manera interesada” en favor del empresario, sino también que “realizaron varios trámites para que gane las contrataciones”.
En tal sentido, explicó que los servicios consistían en la asistencia en materia de audio, video y pantallas leed destinados a encuentros realizados en distintos centros de jubilados, con motivo de celebrarse los 50 años del PAMI.
Precisó que, mediante esta modalidad, los imputados causaron un perjuicio económico al Estado Nacional de poco más de 3 millones de pesos. Al respecto, el fiscal resaltó la efervescencia exteriorizada por los acusados por las facturas que salían a nombre de Villagrán Di Pietro.
En función de las pruebas reunidas a lo largo de la investigación, el fiscal afirmó que los dos funcionarios públicos no sólo obraron de “manera interesada” en favor del empresario, sino también que “realizaron varios trámites para que gane las contrataciones”.
Por cada contratación -agregó- el PAMI hacía pagos de sumas de 400 a 500 mil pesos. Ejemplificó que, en un diálogo captado en la investigación, Palacios y Coronel se mostraron contentos por las maniobras e incluso hablaron de salir a festejar por los “cheques que tenían para cobrar”.
Entre otros aspectos del caso, el fiscal -asistido por Ana Gómez Rincón- indicó que, de los expedientes examinados, surgen irregularidades evidentes, como el incumplimiento de requisitos de orden administrativo y la reiteración de presupuestos de dos empresas en calidad de oferentes, que luego se estableció que eran ficticias.
La fiscalía resaltó otro diálogo de Coronel con un amigo, a quien le contó que había estado “renegando” con Palacios porque pasó mal un presupuesto, para luego reconocer que “después de esas cosas hay cometa…van a quedar como diez lucas de cometa para cada uno…”.
En vista de estos elementos probatorios, y otros más obtenidos de las tareas de campo e inteligencia criminal, el fiscal dio por acreditada la participación de los tres acusados en los delitos imputados. En el caso de los dos empleados del PAMI sostuvo que su accionar quebró la imparcialidad de ese organismo en materia de contrataciones.
Planteos defensivos
A su turno, las defensas realizaron distintos planteos en oposición al pedido de elevación a juicio, entre los cuales se solicitó la nulidad del allanamiento realizado en las oficinas del PAMI, la requisa personal a Palacios y la de su auto, y, finalmente, se reclamó el sobreseimiento de los tres imputados.
Las nulidades, según lo expuesto, fueron fundadas en una supuesta ausencia de autorización judicial, como también se cuestionó el hecho de que no se haya usado a los mismos testigos del allanamiento en el PAMI para presenciar la requisa del auto de Palacios.
En un tono más vehemente, en tanto, se criticó la supuesta violencia con la que se realizó la requisa personal a Palacios y se afirmó que se lo desnudó en plena oficina pública en busca de su teléfono particular, tarea que fue llevada adelante por efectivos de la Policía Federal y comparada con el accionar de las fuerzas de seguridad en contextos sin vigencia del Estado de Derecho.
El fiscal indicó que, por cada contratación, el PAMI hacía pagos de sumas de 400 a 500 mil pesos. Ejemplificó que, en un diálogo captado en la investigación, los funcionarios se mostraron contentos por las maniobras e incluso hablaron de salir a festejar por los “cheques que tenían para cobrar”.
El sobreseimiento, en tanto, fue argumentado en un análisis de las pruebas que incluyó la interpretación sobre que el diálogo respecto al cobro de “cometas” estaba dirigido al pago de comisiones dentro del PAMI.
Las alegaciones fueron rebatidas por el fiscal, quien aclaró, en primer lugar, que el allanamiento cuestionado contó con la debida autorización judicial y les recordó a las defensas que la fiscalía les hizo escuchar un audio de WhatsApp mediante el cual, el juez federal de Garantías N°1 Julio Bavio, autorizó las diligencias.
En este punto, destacó el criterio de desformalización contemplado en el nuevo Código Procesal Penal Federal vigente en Salta y Jujuy desde el 10 de junio de 2019. Refutó los dichos respecto a la requisa de Palacios, que se llevó adelante en un sector privado a fin de resguardar el pudor, situación que quedó debidamente registrada en las actas del procedimiento.
También rechazó como fundamento el hecho de que los testigos de una medida también lo fueran de otra, lo cual es una distinción con el viejo sistema procesal mixto. Y explicó que la requisa sobre Palacios se debió a contradicciones en las que el mismo acusado incurrió respecto a dónde había dejado su teléfono particular, el cual se requería para su secuestro.
En cuanto al sobreseimiento, el fiscal disintió de las interpretaciones defensivas referidas a las pruebas, pues resaltó que las intervenciones telefónicas señalaban claramente que Coronel no habla de comisiones, sino que hizo alusión directa a “cometas”, cuya connotación delictiva, expuso, “habla por sí sola”.
Al resolver, el juez French rechazó las nulidades y el sobreseimiento de los acusados. Aseguró que “la fiscalía tiene un caso para llevar a juicio y creo que cuenta con suficiente mérito probatorio”.
Recordó la imposibilidad del magistrado de ingresar en un análisis profundo de la prueba, pero no obstante dejó en evidencia la ausencia de elementos precisos por parte de las defensas que vulneren o controviertan la plataforma fáctica expuesta por la fiscalía, por lo que resolvió dictar el auto de elevación a juicio.