JULIA STRADA: «¿Te vendieron que la Ley Bases vino en versión «light»? "ESTE ES UN GOBIERNO DE FACTO PORQUE NO RESPETA LA CONSTITUCION"

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Claro que no. La Ley Bases contiene amplísimas delegaciones al Poder Ejecutivo, que le permiten disolver organismos del Estado, intervenir empresas y sociedades, eliminar fondos fiduciarios, privatizar empresas públicas (reviviendo la ley de 1989 de Menem), renegociar contratos, definir arbitrariamente quién entra a regimenes que eximen impuestos, entre otras facultades.
Es una irresponsabilidad absoluta darle esta facultades a Milei.

1) Art. 3. Inciso A: Modificar o eliminar funciones de órganos u organismos de la Administración centralizada o descentralizada. Inciso B: reorganizar, transformar o disolverlos. Se excluyen las universidades nacionales. Se excluyen de disolución a otros organismos (CONICET, ANLIS, ANMAT, INPI, INCAA, ENACOM, ARN, CONAE, CNEA, CONEAU, CNV, INCUCAI, UIF e INTA).

2) Art. 4. Modificar, transformar, fusionar, escindir o reorganizar empresas y sociedades del Estado.
3) Art. 5. Modificar, transformar, disolver o liquidar fondos fiduciarios.
4) Art. 6. Intervenir organismos descentralizados, empresas y sociedades del Estado, salvo las excepciones del art. 3. No se precisan las atribuciones del interventor, solo que “ejercerá las competencias del órgano de administración y dirección”. Al contrario, parecería que dependerán de “lo ordenado en el acto de intervención dictado por el Poder Ejecutivo”. Esto constituiría una delegación de una delegación.

 

5) Arts. 7 y 10. Privatización de empresas y sociedades del Estado. El art. 7 declara “sujetas a privatización” de empresas y sociedades previstas en el Anexo I. El art. 10 determina que las privatizaciones se hagan conforme a los capítulos II y III de la ley 23.696. Eso supone que se activan, a su vez, las delegaciones a favor del Ejecutivo previstas en aquellos capítulos de la ley 23.696, en particular las previstas en los artículos 11 (seleccionar alternativas, procedimientos y modalidades), 15 (alternativas de procedimiento, entre ellas transferir titularidad de derechos, constituir o escindir sociedades, reformar estatutos, disolver entes, extinguir o renegociar contratos, otorgar nuevas concesiones o asumir pasivos), 16 (otorgar preferencias para adquisición), 17 (seleccionar modalidad de contratación) y 18 (elegir el procedimiento de selección, en el que se agrega colocar acciones en mercados extranjeros).

6) Art. 8. Privatización parcial de Nucleoeléctrica S.A.. El Estado conservará poder de decisión en algunas materias.
7) Art. 9. Privatización parcial de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).
8 ) Art. 64. Renegociar o rescindir contratos de obra pública, concesión de obra pública, construcción o provisión de bienes y servicios.
9) Art. 65. Realizar acuerdos transaccionales prejudiciales, judiciales o arbitrales.
10) Art. 73. Renegociar la reconducción de contratos de obra público y servicios de consultoría de obra pública que se encuentran en estado de paralización.
11) Art. 104. Establecer el régimen de importación y exportación de hidrocarburos y derivados.
12) Art. 159. Dictar normas tendientes a la unificación de ENRE y ENARGAS.
13) Art. 159. Adecuar las leyes 15.336 y 24.065.
14) Art. 160. Elaborar una legislación ambiental armonizada conforme al art. 23 de la ley 27.007.
15) Arts. 165, 170, 173, 218. RIGI. Prorrogar por un año el plazo para acogerse al régimen, establecer montos mínimos de inversión (MNI), establecer porcentajes del MNI según sector, establecer mecanismos de solución de controversias con posibilidad de prórroga de jurisdicción.
16) Art. 227. Establecer parámetros para el acceso a porcentajes que reconozcan aportes a los efectos de acceder a la prestación de retiro proporcional y las condiciones pro las que se regirá la prestación.

Se trata de 16 amplísimas delegaciones. A las y los periodistas: informen.

A mis colegas diputados/as: no dejemos pasar esta irresponsabilidad en materia de avasallamiento al Congreso. La cesión de facultades constituye a diputados en «viles traidores a la Patria» conformes todos a Constitucion Nacional ESTE ES UN GOBIERNO DE FACTO PORQUE NO RESPETA
LA CONSTITUCION» concluyó la legisladora Strada.


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