Icono del sitio INFO PAIS

«Hay que reformar esta Corte por el bien de todos» Dr. Miguel Julio Rodríguez Villafañe

Compartir este artículo

Los tres miembros de la Corte Suprema que actuaron política y abiertamente a favor de Juntos x el Cambio y en contra de los pueblos tucumano y sanjuanino, respectivamente, obraron de modo INCONSTITUCIONAL. 

Periodista y abogado, presidió la Asociación Iberoamericana de Derecho de la Información y de la Comunicación, conferencista y expositor en universidades y centros de estudio de América y Europa. Miguel Rodríguez Villafañe, detalló lo que sucede con la Corte Suprema, actual y advierte las graves consecuencias del fallo emitido suspendiendo las elecciones provinciales en Tucumán y San Juan, ambas previstas para este domingo 14.-

A escasos días, la decisión del Alto Tribunal es cuestionable como procedimiento judicial y totalmente reprobable como decisión jurídica. Rodríguez Villafañe, al respecto en declaraciones a la prensa, dijo: «»el fallo es inconstitucional» alerta el letrado para explicar de inmediato el por qué de tal aseveración: «un ciudadano va directamente a la Corte a hacer un planteo, la Corte tiene dicho que no interviene nunca directamente, salvo en algunas situaciones pero planteadas por las Provincias, no por ciudadanos, siempre va por apelación. Segundo aspecto, entra en un tema que a su vez por su delicadeza, ya sea por ejemplo en el caso del amparo, tiene que ser resuelto en horas. El amparo tiene plazos de 48hs, 24hs, es una de las medidas con plazos más exiguas hasta podríamos decir sumarísima» dijo el abogado constitucionalista.

ENTREVISTA DR. RODRÍGUEZ VILLAFAÑE

https://infopais.com.ar/wp-content/uploads/2023/05/WhatsApp-Audio-2023-05-10-at-13.33.58.mp3?_=1

Agregó: «se tomó un mes -y esto habla también del accionar político- para empezar a dar lo que prevé el procedimiento del amparo, correrle traslado a la otra parte, para informen, etc. Esto demuestra también, un accionar gravísimo de demora y máximo en un tema que podríamos decir de puro derecho, por lo que está en discusión es si se aplica o no, o si están mal aplicados los artículos pertinentes de la Constitución de Tucumán o de la Constitución de San Juan» expuso Rodríguez Villafañe.

Luego dijo: «de acuerdo a lo que dice la Corte -con algo de escrúpulos si decimos que Rosenkrantz tiene algo de escrúpulos- él dice en el considerando noveno, en principio tendría que intervenir la propia Provincia, antes de venir para acá, o sea para hacerlo más simple, ahí fueron decisiones de Tribunales electorales o Junta electoral. Pongámosle que fuera en Córdoba para dar un ejemplo… que la Justicia electoral de Córdoba hubiera avalado una cosa así. La apelación al Superior Tribunal de Justicia directamente, en estos casos… tendría que haber, la voz del máximo tribunal de la autonomía, provincial, expresarse y recién contra esa medida, cabría una apelación por vía del artículo 14 de la ley 48 de la Corte Suprema, no es porque ha sido anteayer este planteo»comentó el profesional.


Compartir este artículo
Salir de la versión móvil