SALTA: Piden revocar el sobreseimiento de una secretaria judicial por malversar fondos La ex funcionaria, quien se desempeñó en el Juzgado Federal 2 de Salta, fue sobreseída por prescripción de la acción penal

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En una audiencia de apelación celebrada esta mañana ante la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, el fiscal de Transición de la Unidad Fiscal de esa jurisdicción, Carlos Martín Amad, apeló una resolución de sobreseimiento por prescripción de la acción penal dictada en favor de la ex secretaria penal María Isabel Falú.

Abierta la audiencia, presidida por el juez Alejandro Augusto Castellanos junto al vocal Guillermo Elías y la vocal Mariana Inés Catalano, el fiscal general expuso su oposición al fallo dictado el 13 de noviembre de 2020 por el juez federal de Jujuy Esteban Eduardo Hansen, mediante el que se dispuso el sobreseimiento de Falú, quien se desempeñaba como secretaria penal del Juzgado Federal 2 de Salta.

Tal medida fue fundada en la supuesta prescripción de la acción penal, lo cual, a consideración del fiscal Amad, “no es así”. El representante del Ministerio Público Fiscal estimó que lo resuelto por el juez instructor “no tiene sentido y es totalmente contradictorio en sí mismo”.

Explicó que dicho magistrado, en un primer pronunciamiento del 14 de mayo de 2019, se expidió por el procesamiento de la funcionaria. Posteriormente, ante un planteo de la defensa sobre el mismo objeto procesal, resolvió el sobreseimiento por prescripción de la acción penal el 13 de noviembre de 2020.

“Lo hecho por este magistrado no tiene sentido, pues en un momento sostiene que el día es obscuro y luego dice que la noche es clara”, describió Amad sobre los fallos emitidos en torno a este caso, en el cual no descartó cierta “pasividad y picardía” por parte de algunos operadores del sistema.

Enseguida, Amad, asistido por la auxiliar fiscal Josefina Vargas, resaltó la gravedad del hecho en análisis, pues se trata “nada menos que de 44 hechos de malversación de caudales públicos”, por lo que insistió en la necesidad de que la justicia avance sobre este delito de corrupción judicial.

La investigación penal del caso se inició el 28 de noviembre de 2012, cuando se estableció el faltante de distintas sumas de dinero que estaban bajo secuestro en el Juzgado Federal 2 por su vinculación con causas de narcotráfico, entre otras. Este hecho generó la apertura de una causa por el delito de “malversación de caudales públicos”, cuya escala penal oscila entre los 2 y 10 años de prisión, hecho por el cual se dictó el procesamiento de la ex funcionaria el 14 de mayo de 2019.

En dicha resolución se estableció un faltante total de 121.945 pesos, 8.430 dólares y 140 euros, dinero que desapareció a través de 44 hechos cometidos mediante lo que se conoce como una modalidad de robo “hormiga”, dentro del edificio del juzgado federal.

Error de cálculo

Al referirse a la decisión del juez de grado que dictó el sobreseimiento por prescripción de la acción penal, el fiscal Amad sostuvo que el “cálculo está mal hecho, pues para determinar la prescripción se debe partir del último acto interruptivo. Y si vemos la causa, ese acto sucedió el 23 de marzo de 2015, cuando la ex funcionaria fue cesanteada de su función”.

“Ahora si tomamos el máximo de la escala penal del delito imputado, la prescripción podría aplicarse recién en el año 2025”, indicó Amad, quien para dejarlo en claro citó luego distintos fallos a modo de jurisprudencia.

El fiscal postuló que se avance con el proceso penal en curso, pues es “sabido que los secretarios penales tienen a su cuidado los efectos secuestrados, es una carga que muchos hemos tenido y que hemos sufrido al velar por los mismos”. “Aquí, sin embargo, se robaron todo, se traicionó la confianza del juez y de todos, mientras que a la responsable de esto ni le importó nada”, expresó el fiscal, quien aseguró también que el delito está ampliamente probado, por lo que corresponde avanzar a juicio.

“Debemos ir a juicio oral y público. Han pasado cosas graves en la justicia de Salta, incluso hemos tenido funcionarios judiciales corruptos, pero hemos sabido salir adelante y ser ejemplo al momento de limpiar nuestra casa”, señaló.

Para el fiscal, estos “actos de corrupción” sobre bienes del Estado Nacional es un “hecho grave”, razón por la cual “no se puede desconocer” la necesidad de actuar acorde a derecho, pues así lo exige el compromiso adquirido por Argentina a través de la suscripción de tratados internacionales que demandan la lucha contra la corrupción.

Validez de la apelación

A su turno, el abogado Alfredo Falú, en representación de la ex secretaria penal, rechazó los argumentos de la fiscalía sobre la base de que no hay posibilidad legal de volver hacia atrás, pues el sobreseimiento es ya “cosa juzgada”. Además, sostuvo que su defendida no es responsable de los hechos de corrupción aludidos por la fiscalía; luego señaló que, según surge de los fallos anteriores dictados en el marco de la causa, sólo hubo “negligencia y descuido”, pero no por parte de su clienta. También rechazó cualquier acto doloso, por lo que reiteró la necesidad de que se dicte un sobreseimiento definitivo para la ex secretaria penal, tras lo cual se refirió al valor de determinadas pruebas, las que, a su criterio, invalidan lo planteado por la fiscalía.

En respuesta, el fiscal Amad rechazó la aseveración de la defensa respecto al tenor de “cosa juzgada” de la causa, pues la defensa volvería a caer en un planteo contradictorio, pues exige un sobreseimiento definitivo cuando, supuestamente, ya “está todo dicho”.

“Es inentendible, pues de tratarse de cosa juzgada, no habría oportunidad de hacer ningún planteo, pero, sin embargo, la defensa lo hace”, sostuvo Amad, quien en seguida agregó que “la condición de cosa juzgada valdría si es que el fallo sobre el cual se discute estaría firme, lo cual aquí no sucede, pues sino para que estamos en estos estrados”.

Para mayor ilustración, resaltó que el último tribunal al que se puede acudir es la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al cual todavía, en este caso, aún no se llegó, por lo que la apelación planteada “por esta fiscalía tiene total validez”.


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